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DERECHO CIVIL

Aristóteles afirmó que “el hombre es un animal político y necesariamente sociable”. Con esta afirmación, El filósofo hacía referencia a que el ser humano no puede vivir solo y aislado, sino que necesariamente tiene que convivir en sociedad, rodeado de sus semejantes. Es precisamente esta cualidad del hombre la que justifica la existencia del Derecho Civil, que no es más que el conjunto de normas que forman parte de nuestro Ordenamiento Jurídico encaminadas a dar solución a las controversias que inevitablemente van a surgir fruto de esa convivencia social.

Así, el Derecho Civil es la rama del Derecho que se ocupa de las cuestiones que afectan a la persona privada en su relación con terceros y familiares desde su nacimiento hasta su fallecimiento y sucesión.

Por lo tanto, esta materia del Derecho se encarga de regular las distintas soluciones a conflictos que afecten al patrimonio de la persona, sus obligaciones contraídas con terceros por contratos celebrados, o a las obligaciones que no nacen de los contratos, como es el caso de la responsabilidad civil extracontractual.

En Abogare somos muy conscientes de la disparidad de cuestiones que pueden plantearnos nuestros clientes y que afectan a esta rama del Derecho, por ello, nuestro despacho cuenta con un equipo humano altamente cualificado, capaz de asesorar al cliente para ofrecerle la mejor de las soluciones mediante un servicio cercano y comprometido.

Prestamos a nuestros clientes un asesoramiento previo a la suscripción de cualquier contrato o negocio, con el fin de prever posibles incidencias futuras y de ese modo conseguir una mayor tranquilidad y eficacia en las relaciones contractuales en las que se vean inmersos. Redactamos, asesoramos y revisamos toda la documentación con el fin de garantizar que se ajusta a los intereses y necesidades de nuestros clientes.

Ante la presencia de conflictos buscamos siempre una solución pactada y, si no es posible, tenemos una amplia experiencia en la defensa judicial de asuntos de diferentes materias tales como: derecho bancario, reclamación de daños y perjuicios tanto derivados de accidentes de tráfico como de negligencias médicas; reclamaciones de cantidad derivadas de deudas o cualquier otro concepto; arrendamientos y desahucios; reclamación de deudas de comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal; asesoramiento en derecho sucesorio: testamentos, aceptación de herencias, divisiones judiciales del patrimonio, proindivisos, donaciones, declaraciones de herederos, etc.